Mesures per a la prevenció del Coronavirus, segons el Reial Decret publicat el 14/3/20

Mesures per a la prevenció del Coronavirus, segons el Reial Decret publicat el 14/3/20

MESURES PER A LA PREVENCIÓ DEL CORONA VIRUS, SEGONS EL REIAL DECRET PUBLICAT EL DISSABTE 14/03/2020

Pel què fa a l’àmbit del comerç, destaquem:

(Article 10)

  1. Se suspende la apertura al público de los locales y establecimientos minoristas, a

excepción de los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas,

productos y bienes de primera necesidad, establecimientos farmacéuticos, médicos, ópticas

y productos ortopédicos, productos higiénicos, peluquerías, prensa y papelería, combustible

para la automoción, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos

para animales de compañía, comercio por internet, telefónico o correspondencia, tintorerías

y lavanderías. Se suspende cualquier otra actividad o establecimiento que a juicio de la

autoridad competente pueda suponer un riesgo de contagio.

 

  1. La permanencia en los establecimientos comerciales cuya apertura esté

permitida deberá ser la estrictamente necesaria para que los consumidores puedan

realizar la adquisición de alimentos y productos de primera necesidad, quedando

suspendida la posibilidad de consumo de productos en los propios establecimientos.

En todo caso, se evitarán aglomeraciones y se controlará que consumidores y

empleados mantengan la distancia de seguridad de al menos un metro a fin de evitar

posibles contagios.                         

 

  1. Se suspenden las actividades de hostelería y restauración, pudiendo prestarse

exclusivamente servicios de entrega a domicilio

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